El próximo 24 de septiembre, los mendocinos participarán en el acto eleccionario en el que se elegirán gobernador y vice, legisladores provinciales, intendentes y concejales. El sistema será con Boleta Única papel. Cómo funciona.
La Boleta Única “es un elemento muy importante en la configuración del sistema electoral. El diseño y formato del instrumento utilizado para expresar la voluntad del elector es esencial porque asegura y garantiza la transparencia, la igualdad y la equidad del proceso electoral”, aseguran desde la página oficial del gobierno de la provincia cuyana.

Te facilitamos una breve explicación.
Diseño de la Boleta Única
- La Boleta Única estará dividida en columnas y filas. Una columna de igual dimensión para cada agrupación política separadas por una franja vertical de color.
- Las filas se separarán con líneas grises continuas horizontales para los diferentes tramos de cargos electivos.
- Las columnas tendrán los siguientes casilleros:
1) el símbolo o figura partidaria o distintivo, el nombre de la agrupación, el número de lista, un casillero para voto de lista completa,
2) foto y el apellido y nombre de los candidatos a gobernador y vicegobernador,
3) apellido y nombre de los candidatos a senadores/as provinciales con la foto de los dos primeros ,
4) apellido y nombre de los candidatos a diputados/as con la foto de los dos primeros,
5) foto y apellido y nombre de los candidatos a intendentes,
6) apellido y nombre de los candidatos a Concejales Municipales con la foto de los dos primeros,
7) apellido y nombre de los candidatos a Convencionales Constituyentes.
- En caso de Legisladores y concejales, las fotos se incluirán exclusivamente en las elecciones legislativas.
- Las letras deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma para todas las agrupaciones.
- Debe ser impresa en idioma castellano, en forma legible y papel no transparente.
- Estarán adheridas a un talón del cual deben ser desprendidas. Tanto en este talón como en la Boleta Única debe constar la información relativa a la sección, distrito electoral, circunscripción, número de mesa a la que se asigna, el año y la elección a la que corresponde.
- Contará con la firma legalizada del presidente de la Junta Electoral.
- En el reverso deben contar con un casillero habilitado para que el presidente de mesa, junto con los fiscales acreditados, puedan firmar al momento de entregar la Boleta Única que correspondiere al elector, las instrucciones para la emisión del voto y la indicación gráfica de sus cuatro (4) pliegues de modo que al doblarse pase fácilmente por la ranura de la urna.
- En el caso de las personas ciegas o con algunas discapacidades para votar, podrán ser asistidos por el presidente de mesa o una persona de su elección
- Las dimensiones no serán menores a las de una hoja A4, cuando la cantidad de listas a incluir así lo permita. La Junta Electoral podrá disponer la ampliación del tamaño de la boleta, cuando la cantidad de agrupaciones participantes así lo amerite.
Por este medio, los electores pueden votar a sus autoridades por categorías o realizar el voto de la lista completa de su preferencia; no obstante, es preciso tener presente algunas consideraciones para no anular el voto.
Para que el voto sea válido, el elector debe marcar una opción electoral por cada categoría de cargos a elegir o lista. Se considera válida cualquier tipo de marca dentro de los casilleros de cada una de las opciones electorales. En cambio, el voto es nulo si el elector marca más de una opción electoral de distintas agrupaciones políticas para un cargo o si se agrega nombres, expresiones, frases o signos ajenos al proceso electoral en la boleta única.