Para casarse por civil en Mendoza hay que pedir turno en el Registro Civil con al menos 30 días corridos de anticipación, presentar el DNI y la partida de nacimiento actualizada de los dos contrayentes y llevar dos testigos mayores de edad. Si la ceremonia se hace en la oficina seccional que corresponde al domicilio de uno de los novios, es gratuita e incluye el primer testimonio del acta.
En esta guía te explicamos paso a paso cómo pedir el turno, qué papeles preparar según tu situación (soltero, divorciado, viudo o extranjero), qué opciones hay para casarse fuera de la oficina y qué conviene resolver antes del gran día.
Quién puede casarse por civil
El matrimonio civil está regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación y es igual para parejas de distinto o del mismo sexo desde la ley de matrimonio igualitario de 2010. Las reglas básicas son:
- Mayores de 18 años: se casan sin necesidad de autorización.
- Entre 16 y 18 años: necesitan la autorización de sus padres o representantes legales. Si se niegan, hace falta una dispensa judicial.
- Menores de 16 años: solo pueden casarse con dispensa judicial previa.
- Impedimentos: no pueden casarse parientes en línea recta (padres, hijos, abuelos), hermanos o medio hermanos, ni afines en línea recta (por ejemplo, exsuegros y exyernos). Tampoco quien tenga un matrimonio anterior que no esté disuelto.
Documentación para casarse en Mendoza
Según el Registro Civil de Mendoza, la documentación que se pide es la siguiente:
- DNI de ambos contrayentes (o el documento de identidad que corresponda, en el caso de extranjeros).
- Partida de nacimiento certificada y actualizada de cada uno, con una antigüedad no mayor a seis meses. No es exigible para personas extranjeras.
- Dos testigos mayores de 18 años, con su documento. Si los contrayentes son extranjeros, el Registro informa que se piden cuatro.
- Si sos divorciado: copia actualizada del acta del matrimonio anterior con la inscripción marginal de la sentencia de divorcio.
- Si sos viudo: acta del matrimonio anterior y partida de defunción actualizada del cónyuge fallecido.
- Si el divorcio fue en el exterior: el acta con la anotación del divorcio, legalizada (apostilla de La Haya o legalización consular según el país), y una nota dirigida a la Dirección del Registro Civil pidiendo autorización para casarse.
- Si hicieron convención matrimonial: se muestra solo para que el Registro tome sus datos (fecha, número de escritura, escribano y registro notarial). El documento queda en manos de la pareja.
Si naciste en Mendoza, la partida actualizada la podés pedir online. Te lo explicamos en nuestra guía sobre cómo pedir la partida de nacimiento en Mendoza. Si naciste en otra provincia, tenés que solicitarla al Registro Civil de esa jurisdicción.
Cómo pedir el turno para casarse, paso a paso
- Elijan la fecha con tiempo. El turno se pide con una anticipación mínima de 30 días corridos. En temporada alta (primavera, verano y fin de año) las fechas de los viernes y sábados se agotan antes, así que conviene adelantarse.
- Definan la oficina. La ceremonia gratuita se hace en la oficina seccional del Registro Civil que corresponde al domicilio de uno de los contrayentes. Revisá que el domicilio de tu DNI esté al día; si te mudaste, mirá cómo hacer el cambio de domicilio en el DNI en Mendoza.
- Soliciten el turno. Puede hacerlo uno solo de los novios, presentando el documento de ambos. En el Gran Mendoza el Registro Civil habilitó la gestión de turnos a través del portal de turnos del Gobierno de Mendoza; en el Este, el Sur y el Valle de Uco se pide en la oficina seccional donde se hará el casamiento.
- Entrevista de testigos. Al momento de pedir el turno, el Registro coordina la entrevista con los testigos en la oficina seccional.
- El día de la ceremonia. Lleguen con anticipación, con los DNI originales de los novios y de los testigos. Al terminar se firma el acta y se entrega el primer testimonio, que es gratuito.
Cuánto cuesta casarse por civil en Mendoza
El casamiento en la oficina seccional que corresponde al domicilio de los contrayentes es gratuito, igual que el primer testimonio (la copia del acta). Hay costos solo en estos casos:
- Casarse en otra oficina: si eligen una seccional que no corresponde al domicilio de ninguno de los dos, se pagan dos tasas (el Registro las identifica como código 239) y se suman dos testigos más.
- Matrimonio móvil: es la ceremonia fuera del Registro, por ejemplo en un salón, una bodega o una casa. Se paga un arancel más el traslado del oficial público.
- Copias adicionales del acta: se abonan según la Ley Impositiva vigente.
Los montos de las tasas se actualizan cada año con la Ley Impositiva provincial, por eso conviene consultar el valor vigente en el Registro Civil o en la línea 148 del Gobierno de Mendoza antes de pagar.
Matrimonio móvil: casarse fuera del Registro Civil
Muchas parejas mendocinas eligen hacer el civil en el mismo lugar de la fiesta. Para eso existe el matrimonio móvil, que se pide con la misma anticipación de 30 días y se gestiona según la zona de residencia:
- Gran Mendoza: Casa de Gobierno, Peltier 351, planta baja, Ciudad.
- Zona Este: oficina del Registro Civil en la Ciudad de San Martín.
- Valle de Uco: Centro Cívico de Tunuyán, San Martín 1900.
- San Rafael: avenida Mitre 11.
- General Alvear: avenida Alvear Oeste 540.
- Malargüe: San Martín 258.
Antes de reservar el salón, confirmá con el Registro que haya disponibilidad de oficial para esa fecha y horario.
Régimen de bienes: qué decidir antes de casarse
El Código Civil y Comercial permite elegir entre dos regímenes patrimoniales:
- Comunidad de ganancias: es el que se aplica si no hacen nada. Los bienes que se adquieren durante el matrimonio son, en general, gananciales de los dos.
- Separación de bienes: cada uno conserva y administra lo suyo. Para optar por este régimen hay que firmar una convención matrimonial ante escribano, en escritura pública, antes de la celebración, y mencionarla en el acta.
Después de un año de casados, la pareja puede cambiar de régimen mediante una nueva convención. Esta es información general: para tu caso puntual, lo recomendable es consultar con un escribano o abogado.
¿Y si prefieren la unión convivencial?
La unión convivencial es otra figura del Código Civil y Comercial para parejas que conviven y comparten un proyecto de vida. No es un casamiento: tiene efectos más limitados (por ejemplo, en herencias no hay derecho sucesorio entre convivientes) y se inscribe en el Registro Civil para facilitar su prueba. Si dudan entre una opción y otra, conviene informarse bien sobre las diferencias antes de decidir.
Preguntas frecuentes
¿Con cuánta anticipación hay que pedir turno para casarse en Mendoza?
Con un mínimo de 30 días corridos antes de la fecha elegida. En los meses de más demanda conviene pedirlo con varios meses de margen.
¿Es gratis casarse por civil en Mendoza?
Sí, si la ceremonia se hace en la oficina seccional del domicilio de uno de los contrayentes. También es gratuito el primer testimonio del acta. Se paga si eligen otra oficina o el matrimonio móvil.
¿Cuántos testigos se necesitan?
Dos testigos mayores de 18 años con DNI. Se suman dos más si se casan en una oficina que no corresponde a su domicilio o, según informa el Registro, si los contrayentes son extranjeros.
¿Pueden casarse dos extranjeros en Mendoza?
Sí. No se les exige partida de nacimiento, pero sí documento de identidad válido. Si alguno estuvo casado antes en el exterior, debe acreditar el divorcio con la documentación legalizada.
¿Cuánto vale la partida de nacimiento para casarse?
Debe tener una antigüedad no mayor a seis meses al momento del trámite. Si la sacaste antes, pedí una nueva.
Antes de ir: una lista rápida
- DNI vigentes con el domicilio actualizado.
- Partidas de nacimiento con menos de seis meses.
- Testigos confirmados y con su DNI.
- Acta anterior con divorcio o defunción, si corresponde.
- Convención matrimonial, si eligieron separación de bienes.
Con esos papeles en orden y el turno confirmado, el trámite en el Registro es corto. Si además necesitás acreditar dónde vivís para otro trámite, te puede servir nuestra guía del certificado de residencia en Mendoza.
Fuentes: Registro Civil de Mendoza y Prensa del Gobierno de Mendoza (mendoza.gov.ar), Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994).


